MISIÓN: Dar fe pública de los hechos y actos que realicen los usuarios que soliciten nuestros servicios acordes con la legislación vigente contenida en el estatuto de Notariado y Registro.
VISIÓN: Ser excelentes en la prestación de los servicios notariales con rapidez, amabilidad y responsabilidad en concordancia con los requisitos exigidos por las leyes colombianas para la satisfacción de los usuarios.
FUNCIÓN NOTARIAL
- Recibir, extender y autorizar las declaraciones que conforme a las leyes requieran escritura pública y aquellas a las cuales los interesados quieran revestir de esta solemnidad.
- Autorizar el reconocimiento espontáneo de documentos privados.
- Dar testimonio de la autenticidad de firmas de funcionarios o particulares y de otros notarios que las tengan registradas ante ellos.
- Dar fe de la correspondencia o identidad que exista entre un documento que tenga a la vista y su copia mecánica o literal.
- Recibir y guardar dentro del protocolo los documentos o actuaciones que la ley o el juez ordenen protocolizar o que los interesados quieran proteger de esta manera.
- Expedir y Autorizar copias o certificaciones, según el caso, de los documentos que reposen en sus archivos.
- Dar testimonio escrito con fines jurídico—probatorios de los hechos percibidos por ellos dentro del ejercicio de sus funciones y de que no haya quedado dato formal en sus archivos.
- Intervenir en el otorgamiento, extensión y autorización de los testamentos solemnes que conforme a la ley civil deban otorgarse ante ellos.
- Practicar apertura y publicación de los testamentos cerrados.
- Llevar el registro del estado civil de las personas en los casos, por los sistemas y con las formalidades prescritas en la ley.
El servicio notarial se ilumina exclusivamente por las normas legales y reglamentarias de la actividad fedataria y no por el interés subjetivo de las partes intervinientes en el trámite notarial.
RESPONSABILIDADES
Responde por la función notarial, fiscal, civil, penal y disciplinaria. La función notarial es incompatible con el ejercicio de autoridad o jurisdicción y no puede ejercerse sino dentro de los límites territoriales del respectivo círculo.
En la Función Notarial se asume la responsabilidad derivada de la regularidad formal de los instrumentos autorizados, pero no de la veracidad de las declaraciones de los interesados; finalmente, la responsabilidad sobre la capacidad o aptitud legal de las partes intervinientes respecto a la celebración de negocios jurídicos recae en las mismas partes que activan la función notarial.
Funcionarios
Lupe Eugenia Solarte Valencia - Notaria Titular
correo: unicaeltambocauca@supernotariado.gov.co
Correo: notariaunicatambocauca@ucnc.co
Célular Institucional: 3235957986
Normatividad
Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la organización del notariado, la función notarial y la teoría formal del instrumento público
Transparencia
Informes
Datos abiertos
Procesos y procedimientos
En este enlace encontrará una descripción de los procedimientos que se siguen en la Notaría de las diferentes áreas.
Información adicional
En está sección encontrará la información general o adicional útil para los usuarios, ciudadanos o grupos de interés.